La ministra de Salud, Sonia Martorano, anunció este lunes que a partir del 1 de julio se restringe las reuniones afectivas a sábados y domingos, en todo el territorio santafesino. La medida se resolvió tras una videoconferencia que mantuvo el gobernador Omar Perotti con diferentes ministros e intendentes de la provincia para evaluar la situación epidemiológica actual.
«Se ha visto la curva epidemiológica, las curvas de contagios, el comportamiento ciudadano y de los diferentes actores de la economía y se ha tomado la decisión que a partir del 1 de julio los encuentros familiares y afectivos van a quedar restringidos a los sábados y domingos» explicó Martorano.
Asimismo la ministra solicitó que los encuentros «cumplan con las normativas, que no sean más de 10 personas, que se mantenga la distancia social, que cuidemos a las personas mayores y que se use el barbijo cuando estamos con personas de más de 65 años». «Si continuamos con estos cuidados, con el lavado de manos, la distancia, el barbijo, el respetar el espacio público, vamos a poder seguir sosteniendo todas las actividades con las que hoy contamos» advirtió Martorano y reitero el pedido de un mayor compromiso social.
Las reuniones familiares y afectivas se habilitaron en la provincia desde el sábado 6 de junio. En principio podían realizarse solo los fines de semana y feriados en el horario de 9 a 19. A las semanas , la medida se amplió a todos los días de 9 a 23. En el dia de ayer tras notar un relajamiento de la población en las medidas de cuidado y luego de un aumento en la curva de contagios la provincia volvió atrás e sus pasos y limitó las reuniones familiares a los días sábados y domingos.
Desde la primera habilitación las pautas estipuladas, por el gobierno, para las reuniones afectivas son: que la actividad deberá ser en domicilios particulares, siempre que sea posible la adecuada ventilación de los ambientes a utilizar, cumplimentando las medidas de prevención dispuestas por las autoridades sanitarias, el distanciamiento personal y el uso obligatorio de manera correcta de elementos de protección que cubran nariz, boca y mentón, al momento de desplazarse hacia el lugar y en el mismo, conforme a lo dispuesto por el Decreto N° 0347/20.