En el marco de la nueva fase de distanciamiento social dispuesta por el presidente el pasado jueves, el gobierno Provincial habilita, a partir de este lunes 8 de junio,nuevas actividades. A través al decreto N°474, firmado por el gobernador Omar Perotti, se reglamentan las habilitaciones para prácticas deportivas; reuniones familiares y afectivas; bares y restaurantes; y cementerios.
Según lo establecido serán los municipios y comunas los encargados de disponer los detalles de las nuevas actividades habilitaciones así como mayores restricciones respecto a los días, horarios, requisitos y modalidades particulares en cada uno de sus distritos. Asimismo, queda excluida de esta medida la ciudad de Villa Ocampo, Departamento General Obligado, donde se sucedieron los últimos contagios de la provincia.
Lo primero es la familia
En el caso de las reuniones con familiares y personas vinculadas afectivamente, la práctica ya comenzó a desarrollarse el sábado 6 de junio. La misma podrá desenvolverse con la participación de hasta 10 personas, durante los días sábados, domingos y feriados, en horario de 9 a 19 horas. A su vez la actividad deberá ser en domicilios particulares, siempre que sea posible la adecuada ventilación de los ambientes a utilizar, cumplimentando las medidas de prevención dispuestas por las autoridades sanitarias, el distanciamiento personal y el uso obligatorio de manera correcta de elementos de protección que cubran nariz, boca y mentón al momento de desplazarse hacia el lugar y en el mismo, conforme a lo dispuesto por el Decreto N° 0347/20.
En cuanto a la circulación, las personas no deberán trasladarse más de 30 kilómetros de distancia de su lugar de residencia habitual. Cabe aclarar que esta limitación no se considerará para los desplazamientos entre las localidades comprendidas en los Aglomerados Urbanos Gran Rosario y Gran Santa Fe.
Al anunciar la medida el pasado viernes, el intendente Pablo Javkin informó: «Las reuniones solamente son familiares no son reuniones de amigos» e indicó: «No vamos a controlar en cada casa. Si habrá un fuerte control nocturno para que no circule gente. Por eso el horario de corte de las reuniones familiares es a las 19».
Cuerpo en movimiento
Por otro parte también quedan habilitadas desde el 8 de junio las instalaciones a los fines de la práctica de actividades deportivas que no impliquen contacto físico entre los participantes. Para estos casos se necesitará aprobación previa de los protocolos presentados por cada entidad, que contemplen las adaptaciones y medidas de higiene y prevención a tomar en los espacios y la modalidad particular de desarrollo de cada disciplina, respetando en lo que correspondiere el protocolo base (PROBA), aprobado por el Ministerio de Salud y la Secretaría de Deportes dependiente del Ministerio de Desarrollo Social.
Las especificaciones que incluyen son:participantes a partir de los 16 años de edad, en horario de 7 a 19 horas; con sistema de turnos; en espacios abiertos o suficientemente ventilados, incluyendo en los mismos a los gimnasios que reúnan tales características. Asimismo se garantizará en todos los casos el distanciamiento social; no habrá espectadores ni podrá realizarse reuniones previas o posteriores a la práctica; no se habilitarán espacios de uso común y social, vestuarios ni otras instalaciones interiores; habilitando solo baños exteriores. Los asistentes deberán concurrir por sus propios medios, llevando sus elementos individuales de higiene y de ser posible los establecimientos tendrán que contar con distintas puertas de ingreso y egreso; arbitrando medidas para desinfectar el calzado de los asistentes; y la limpieza y desinfección de las superficies; llevando además un registro diario de los asistentes en los distintos horarios.
¿Qué deportes se pueden hacer?
Deportes individuales : atletismo (excluidas las postas); arquería; automovilismo (sin acompañantes); tiro; BMX; motociclismo; running; ciclismo; canotaje, remo y kajak (individual); gimnasia artística y con aparatos; equitación; golf; halterafilia; marcha atlética; patín artístico; windsurf; y kitesurf. Los deportes individuales en interacción con oponentes: tenis; pelota a paleta; tenis con paleta o criollo; fútbol tenis; tenis de mesa; padel; y bochas.
En el caso del running se podrá realizar los días de semana de 8 a 20 «No los fines de semana, así no se cruzan con las salidas recreativas» aclaró en referencia Javkin.
También se permite el entrenamiento individual con interacción de juego, respetando la distancia de 6 metros entre los participantes, y sin compartir elementos deportivos. Además, se habilitan solo a los fines del entrenamiento individual boxeo; judo; lucha; y artes marciales.
Por otra parte, las disciplinas colectivas o en equipos, se pueden realizar solo a los fines del entrenamiento individual, conforme los protocolos específicos para cada disciplina, complementarios a los establecidos para las instalaciones, que presenten al efecto las asociaciones o entidades, y que cuenten con la aprobación de la Secretaría de Deportes dependiente del Ministerio de Desarrollo Social.
Gastronómicos
La medida provincial también habilitó la apertura al público de bares y restaurantes a partir del lunes 8 de junio. Los establecimientos deberán funcionar cumpliendo con los siguientes términos: con modalidad de reserva previa, garantizando el debido distanciamiento social entre los asistentes, los que deberán concurrir por sus propios medios, pudiendo ocuparse simultáneamente y de manera inicial hasta un máximo del 30% de la capacidad de los locales; la ampliación de la ocupación del local podrá establecerse hasta un máximo del 50%; arbitrando medidas para desinfectar el calzado de los asistentes; y la limpieza y desinfección de las superficies y objetos de uso frecuente, antes de la apertura, periódicamente durante el horario en el que las instalaciones permanezcan abiertas y al cierre; uso obligatorio de manera correcta por parte del personal del establecimiento de los elementos de protección que cubran nariz, boca y mentón, llevando un registro diario de los asistentes en los distintos horarios; con la obligación de cada establecimiento, previo a la apertura al público, de presentar al Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social un protocolo particular que garantice las medidas de distanciamiento, protección y cuidados.
Cementerios
Se dispone también la habilitación a concurrir a los cementerios, en las localidades donde las autoridades locales dispongan su apertura, cumplimentando las medidas de prevención dispuestas por las autoridades sanitarias, el distanciamiento personal y el uso obligatorio de manera correcta de elementos de protección que cubran nariz, boca y mentón.
Cabe remarcar que para cada oportunidad que las personas quieran participar de algunas de las actividades habilitadas deberán registrarse en la aplicación móvil COVID-19 Provincia de Santa Fe, y completar con carácter de declaración jurada el formulario allí se encuentra; constituyendo la certificación habilitante para circular en esa oportunidad. Para aquellos que no cuenten con un dispositivo móvil que permita descargar la aplicación, podrán obtener una constancia impresa ingresando a www.santafe.gov.ar/coronavirus/salidas. En tanto que para obtener más información sobre los protocolos de cada una de las actividades habilitadas se puede consultar en: https://www.santafe.gob.ar/ms/covid19/